P A R T I D O
A C C I O N
N A C I O N A L
Destacados
Plataforma Electoral 2009-2012
Igualar las oportunidades para todos los mexicanos...
Registro Nacional de Miembros
La membresía de Partido...
Asociación de Alcaldes
Retroalimentación y definición de criterios gubernamentales...
Promoción Política
Micro sito de la Secretaría Nacional de Promoción Política de la Mujer...
Convocatoria...
Proceso de evaluación para los miembros adherentes
Secretarias de Elecciones
Julio 05, 2009

Estado Municipales Diputados
Acuerdo para designar propuestas panistas al Consejo Municipal de San Felipe de Bacalar / Marzo 16, 2011
Comité Directivo Estatal 2008-2011
Calle Miguel Martínez Martínez No. 561 con Av. Universidad
Tel. 983-83-2-43-85, 983-83-2-80-10 y 983-83-3-00-00
C.P. 77099 Colonia Zazil-Há
Con base en la Convocatoria emitida por la XII Legislatura del Congreso del estado de Quintana Roo para designar propuestas para integrar el Concejo Municipal de San Felipe Bacalar, Quintana Roo, el Comité Directivo Estatal del PAN en Quintana Roo, en su Décima Segunda Sesión Extraordinaria del día sábado 12 de marzo de 2011

ACUERDO

* Primero.- Las propuestas ciudadanas que reciba el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional se ajustarán al procedimiento señalado en la convocatoria emitida por el propio Congreso estatal y a los tiempos marcados en la misma para su registro.

* Segundo.- El Coordinador de la Fracción Parlamentaria del PAN en la XII Legislatura, deberá integrar los expedientes y enviarlos a la Secretaría General del Comité Directivo Estatal a más tardar el día 17 de marzo de 2011 hasta las 18:00 hrs.

* Tercero.- El Comité Directivo Estatal, en sesión extraordinaria analizará, discutirá y designará en su caso, las propuestas que ocuparán los espacios en el Concejo Municipal de San Felipe de Bacalar.

* Cuarto.- El Comité Directivo Estatal designará, de existir suficientes, tantas propuestas como espacios conforma el Concejo Municipal. Todas las propuestas designadas deberán conformarse mediante fórmula, con propietario y suplente, los cuales deberán ser preferentemente de distinto género. Para la designación, la fórmula que resulte en la primera posición será quien ocupe el primer espacio asignado al PAN, y así sucesivamente:

PROPUESTA POSICION
Nombre completo 1
Nombre completo 2
Nombre completo 3
Nombre completo 4
Nombre completo 5
Nombre completo 6
Nombre completo 7
Nombre completo 8
Nombre completo 9
Nombre completo 10
Nombre completo 11

* Quinto.- En la designación de las fórmulas deberá tomarse en cuenta, indistintamente el liderazgo social, la preparación profesional y/o académica, la aptitud para el cargo, la equidad de género o, en su caso, su desempeño y trayectoria en anteriores cargos públicos.

Asimismo, deberá observarse que las propuestas a designar gocen de reconocido prestigio y honorabilidad que, además de cumplir con los requisitos constitucionales y legales, tengan un modo honesto de vivir y se hayan significado por su lucha a favor del Bien Común.

Las propuestas que participen en el proceso de designación y que sean miembros activos del PAN, deberá observarse que éstos no hayan sido sancionados por la Comisión de Orden Estatal o Nacional en los tres años anteriores al día de la designación. En el caso de los miembros activos que sean funcionarios públicos, éstos deberán cumplir con los requisitos normativos que marca el artículo 29 del Reglamento de Miembros de Acción Nacional y el artículo 6, inciso d, del Reglamento de la Relación entre el Partido y los Funcionarios Públicos de Elección postulados por el PAN.

* Sexto.- Además de los requisitos legales señalados en la convocatoria que expida el Congreso estatal, los aspirantes a ser designados y en consecuencia propuestos por el PAN, deberán observar y cumplir con lo siguiente:

1. Carta dirigida Comité Directivo Estatal, de aceptación del cargo en caso de ser designado y compromiso de cumplir con los Principios de Doctrina, los Estatutos y Reglamentos del Partido, así como aceptar y cumplir las disposiciones del Código de Ética del Partido Acción Nacional;

2. Carta de no adeudo de cuotas especificas del cargo, expedida por el órgano competente del partido, para aquellos miembros activos que sean servidores públicos de elección o designación en los gobiernos emanados del partido;

3. Manifestación bajo protesta de decir verdad, que no ha sido condenado por sentencia ejecutoriada por la comisión de delito doloso;

4. En caso de no ser miembro del partido, deberá presentar la solicitud de autorización dirigida al Comité Directivo Estatal del PAN, en el formato que para tal efecto emita el propio Comité;

5. Carta dirigida al Comité Directivo Estatal con firma autógrafa para la cual manifiesta que se sujeta libremente al proceso y está de acuerdo con el mismo y por tanto aceptará sus resultados.

6. Declaración patrimonial actualizada y en el formato establecido para tal efecto por el propio Comité.

7. Carta dirigida al Comité Directivo Estatal con firma autógrafa, en la que declare, bajo protesta de decir verdad, que no ha tenido ni mantiene relaciones económicas, políticas, personales o análogas con personas que realicen o formen parte de organizaciones que tengan como fin o resultado cualquiera de las actividades a las que se refiere el artículo 2 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

8. Carta dirigida al Comité Directivo Estatal con firma autógrafa, en la que se manifieste expresamente su renuncia a los secretos bancario, fiduciario y fiscal. Para el caso en se requiera comprobar la veracidad de las declaraciones de los aspirantes.

* Séptimo.- Si el Comité Directivo Estatal considera que las propuestas que integran las fórmulas no cubren el perfil o las cualidades requeridas para el cargo, podrá llevar a cabo el proceso de designación conformando nuevas fórmulas.

* Octavo.- Las resoluciones del Comité Directivo Estatal serán inapelables. Los casos no previstos serán resueltos por el Comité Directivo Estatal de conformidad con lo que establecen los Estatutos y Reglamentos de Acción Nacional.

* Noveno.- Notifíquese a la brevedad posible el presente acuerdo y por escrito, al Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN en la XII Legislatura del Congreso del estado para que a su vez haga de conocimiento a los demás integrantes del Grupo. Asimismo, deberá prestar observancia de lo acordado, principalmente en lo que corresponde a los requisitos señalados en el numeral sexto.

* Décimo.- Una vez realizada la designación de las propuestas por el Comité Directivo Estatal, notifíquese el resultado al Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN en la XII Legislatura del Congreso del estado para que a su vez haga de conocimiento a los demás integrantes del Grupo la instrucción emanada. La no observancia y el incumplimiento del acuerdo que derive, serán consideradas como un acto de indisciplina y se procederá a lo dispuesto en los Estatutos y Reglamentos del PAN.

*Décimo Primero.- Publíquese en los estrados del Comité Directivo Estatal del PAN.

* Décimo Segundo.- Publíquese en la página electrónica del PAN en Quintana Roo: www.panquintanaroo.org

* Décimo Tercero.- Notifíquese por el medio más expedito, a la Secretaría General del CEN del PAN.

* Décimo Cuarto. Notifíquese por el medio más expedito, a la Coordinación Nacional de Diputados Locales del PAN, para su conocimiento.

ASÍ LO ACORDÓ EL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN SU DÉCIMA SEGUNDA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL 12 DE MARZO DE 2011 EN LAS INSTALACIONES DEL PAN EN LA CIUDAD DE CANCÚN, QUINTANA ROO.

Atentamente,
Por una patria ordenada y generosa y una vida mejor y más digna para todos

SERGIO BOLIO ROSADO
Presidente del CDE
MIGUEL Á. MARTÍNEZ CASTILLO
Secretario General del CDE
OPCIONES